miércoles, 5 de octubre de 2011

CONDICIONANTES Y RETOS SUPRAMUNICIPALES EN 2012

En el contexto europeo la Estrategia 2020 hacia una economía inteligente, sostenible e integradora es un elemento fundamental de coordinación económica para el crecimiento y el empleo y define los objetivos nacionales a medio plazo así como las medidas de política económica para su consecución. Asimismo, el Pacto del Euro Plus refrendado por el Consejo Europeo de primavera del 24 de marzo de 2010, también supone la asunción de compromisos anuales de actuaciones concretas por parte de los Estados Miembros.

Las actuaciones específicas comprometidas por España han sido concretadas en el Programa Nacional de Reformas para el período 2010-2011 (PNR) que persigue eliminar los obstáculos al crecimiento y a corregir los desequilibrios macroeconómicos e identifica que el primero de los retos macro-estructurales, es el de las finanzas públicas, que además es objeto de análisis en la actualización del Programa de Estabilidad Español 2011-2014, que tiene en cuenta la reforma de gobierno económico de la Unión Europea en curso, poniendo mayor énfasis en la deuda pública y en el componente preventivo, pero exige también una mayor coordinación de las políticas económicas, mediante un refuerzo de los mecanismos de supervisión más allá de la política fiscal.

España está comprometida a continuar con un exigente Programa de Consolidación Fiscal para reducir el déficit al 3% en 2013 con los objetivos intermedios del 6% en 2011 y del 4,4% en 2012. La senda de consolidación fiscal 2011-2014 que figura en el propio Programa de Estabilidad tiene su anclaje normativo fundamental en el Plan de Revisión del Gasto Público del Estado 2011-2013, aprobado en el Consejo de Ministros de 20 de mayo de 2010.

Sin embargo, los esfuerzos de consolidación fiscal del Estado quedarían incompletos sin el compromiso de las Comunidades Autónomas (CCAA) y Corporaciones Locales (CCLL). Dicho compromiso fue asumido mediante diversos Acuerdos del Consejo de Política Fiscal y Financiera y de la Comisión Nacional de la Administración Local con fecha 27 de abril de 2010. Sucesivamente, los objetivos de estabilidad presupuestaria con las CCAA y CCLL fueron aprobados por el Consejo de Ministros el 29 de abril, refrendando la senda adoptada para alcanzar un 3% del PIB de déficit en 2013 y fijando la propuesta del Gobierno para 2014 en un déficit de 2,1% para el conjunto de las Administraciones Públicas, déficit de 1,5% para la Administración central, déficit de 1% para las CCAA, equilibrio para las CCLL y un superávit de 0,4% para las administraciones de Seguridad Social, y que condicionará el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2012.

En el caso específico de las Corporaciones Locales, se han introducido medidas para tratar de garantizar el cumplimiento de los objetivos de consolidación fiscal así como de restricción del endeudamiento a través del Real Decreto Ley 8/2010 de mayo:

-Declara la afectación de los ahorros derivados de la reducción de los gastos de personal al saneamiento de remanentes negativos, a la reducción del endeudamiento a largo plazo o, en su caso, a la financiación de inversiones.
-Prohíbe en el ejercicio económico 2011 la concertación de operaciones de endeudamiento a largo plazo para la financiación de sus inversiones y también para sustituir total o parcialmente operaciones preexistentes, a excepción de aquellas que, en términos de valor actual neto, resulten beneficiosas para la entidad por disminuir la carga financiera, el plazo de amortización o ambos, siempre que el volumen total de la deuda viva exceda del 75% de los ingresos corrientes liquidados o devengados.
-Las operaciones a corto plazo para cubrir situaciones transitorias de tesorería deberán quedar canceladas a 31 de diciembre de cada año.

Por su parte, la Ley de Economía Sostenible incorpora medidas adicionales; desde su entrada en vigor se ha reforzado la corresponsabilidad de las sanciones de la Unión Europea a todas las Administraciones Públicas así como los mecanismos para garantizar el cumplimiento de las obligaciones de información de la ejecución presupuestaria de las CCLL.

Asimismo, en el ámbito concreto de la Administración Central y de las Corporaciones Locales, España se comprometió a fijar una regla de gasto que ligue el crecimiento del gasto público con el crecimiento del PIB de medio plazo. En tal sentido, se ha aprobado en septiembre de 2011 la reforma del artículo 135 de la Constitución Española para no incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea. Ahora bien, será una Ley Orgánica la que desarrolle la reforma constitucional y precisar en torno a un 0,4% el déficit estructural global máximo del conjunto de las administraciones públicas a partir de 2010. Y a las comunidades autónomas que no superen el 0,14% de su PIB. La Ley Orgánica prevista en el artículo 135 de la Constitución Española deberá estar aprobada antes de 30 de junio de 2012. Dicha ley contemplará los mecanismos que permitan el cumplimiento del límite de deuda a que se refiere el artículo 135.3. Y los límites de déficit estructural establecidos en el 135.2 de la Constitución Española entrarán en vigor a partir de 2020.

Por su parte, de acuerdo con la Ley de Estabilidad Presupuestaria española, se ha fijado en julio de 2011 un techo de gasto en términos nominales para los Presupuestos Generales de 2012, que permita alcanzar los objetivos establecidos y atienda a la Recomendación de la Comisión Europea. El techo de gasto aprobado por el Congreso de los Diputados para el Estado en 2012 es de 117.353 millones de euros, un 3,8% menos que en 2011, aunque es posible que el nuevo Gobierno de España elabore por primera vez un presupuesto por debajo de ese límite dadas las últimas turbulencias financieras que amenazan la estabilidad de la eurozona.

En todo caso, el Gobierno de España que resulte de las elecciones generales para la nueva legislatura va a tener que acometer de entrada una prórroga del presupuesto 2011 en 2012 y al tiempo afrontar una revisión del Programa de Estabilidad y de Reformas Económicas, incluso verse obligado a repercutir a las distintas administraciones públicas, en la medida en que les sean imputables, las sanciones en caso de incumplimiento de compromisos adquiridos a nivel económico europeo, con el fin de robustecer la eficacia de las reglas fiscales y el marco de estabilidad y sostenibilidad presupuestaria a medio plazo.

Es más que previsible además que en el futuro se incremente también la exigencia de transparencia y control de la ejecución presupuestaria, planes de reequilibrio y evolución del sector público y que se establezcan reglas más estrictas para el endeudamiento, ampliando su seguimiento, que se referirá no solo al cumplimiento de las reglas sobre la deuda definida en el Protocolo de Déficit Excesivo sino también el resto de pasivos financieros.

Todos estos condicionantes supramunicipales, que vienen marcados por los escenarios de política económica estatal -Programa de Estabilidad 2009-2014 y Programa Nacional de Reformas 2011- y su correspondiente repercusión/revisión a futuro en el sector público local, no pueden dejar de considerarse en el reto de afrontar unos nuevos Presupuesto Municipales, "tacita a tacita", sin dejar de atender al pasado y al futuro inmediato, pero asumiendo que no cabe fijar grandes horizontes a medio plazo:

Mirando por el retrovisor a la Cuenta General del ejercicio 2010 (los que la hayan rendido en este último trimestre) para controlar si se ha saldado con superávit o no y fijándose en el avance de la liquidación del Presupuesto 2011. Pero también enfocando las Ordenanzas Fiscales y Precios Públicos para el nuevo año 2012 (claves para definir el escenario de política fiscal municipal a nivel de ingresos y para animar la inversión productiva y el empleo en el sector privado), conjugándolas con medidas para evitar o corregir los desequilibrios en futuros ejercicios presupuestarios, asumiendo además que el endeudamiento público sólo es posible si es sostenible (las generaciones futuras no deben pagar despilfarros injustificados).

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